La Subsecretaría de Educación ha publicado oficialmente la Resolución Nº 506 , con fecha 27 de abril de 2026 , la cual establece las pautas para el Concurso de Reubicación de docentes en situación de disponibilidad.
A continuación, te detallamos los puntos clave que debes conocer si te encuentras en esta situación administrativa.
¿Quiénes están convocados?
La convocatoria alcanza a los docentes titulares que hayan quedado en disponibilidad debido a cierres de divisiones, cambios en los planes de estudio o cambios de turnos. Esto incluye a:
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Docentes con horas cátedra o cargos en Educación Secundaria (Orientada, Técnica y Trabajo).
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Docentes de la Dirección de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos.
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Docentes que se encuentren actualmente con cambio de funciones.
Modalidad y fechas importantes
Para agilizar el proceso, el concurso se llevará a cabo bajo la modalidad virtual sincrónica. Aunque el cronograma específico (orden de mérito, reclamos y vacantes) será determinado por las Juntas Calificadoras de Méritos, la resolución ya fija una fecha clave:
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Fecha de alta para los nuevos destinos: 15 de mayo de 2026.
Tus derechos y obligaciones según el Estatuto
La resolución se fundamenta en la Ley Nº 4934 (Estatuto del Docente). Es fundamental que los docentes tengan en cuenta los plazos de la disponibilidad:
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Prioridad: Tendrás prioridad para ocupar vacantes en tu zona durante dos años.
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Disponibilidad con goce de haberes: El primer año de disponibilidad es con goce de sueldo.
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Aceptación de cargos: Si se te ofrece un destino en la misma localidad y lo rechazas sin una justificación válida, se procederá a la baja automática.
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Disconformidad fundada: Si tienes motivos válidos para rechazar un destino, puedes permanecer un segundo año en disponibilidad, pero este será sin goce de sueldo; cumplido ese plazo, se considerará cesante.
Próximos pasos
Las Juntas Calificadoras de Méritos emitirán próximamente una circular con las especificaciones técnicas y el cronograma detallado del concurso. Se recomienda a los docentes estar atentos a las vías de comunicación oficiales para revisar el Orden de Méritos Provisorio y realizar los reclamos pertinentes en caso de ser necesario.
Resolución 506
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