viernes, septiembre 11, 2026

Adiós a la suspensión de clases en Mendoza: la DGE reguló el cambio a la virtualidad ante emergencias climáticas y edilicias

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Frente a contingencias climáticas severas —como el viento Zonda, olas de frío extremo o nevadas en alta montaña— o problemas de infraestructura escolar, el sistema educativo provincial ya no “suspenderá el hecho educativo”. La Dirección General de Escuelas (DGE) oficializó la Resolución N.º 6231, una norma que establece que, ante cualquier eventualidad que impida el dictado presencial, las escuelas públicas y privadas de Mendoza deberán activar de forma inmediata una modalidad de enseñanza virtual organizada.

El cambio conceptual es contundente: el paso a la no presencialidad busca garantizar que el proceso formativo mantenga su cauce y que las trayectorias de los estudiantes sean reales, completas y continuas desde el nivel inicial hasta el superior.

Un esquema articulado con Defensa Civil y el SMN

El documento fija las pautas claras sobre cómo se tomará la decisión de activar el Plan Operativo Institucional para la Continuidad Pedagógica No Presencial:

  1. Monitoreo y recomendación: Defensa Civil evaluará los reportes del Servicio Meteorológico Nacional (SMN) y de Contingencias Climáticas, emitiendo alertas tempranas sobre situaciones de riesgo.
  2. Decisión oficial: El Director General de Escuelas será la autoridad competente encargada de decretar el cambio de modalidad, especificando si la medida aplica a toda la provincia, a regiones particulares (como el Valle de Uco o Alta Montaña) o a turnos específicos.
  3. Comunicación: La medida se difundirá por canales oficiales del Gobierno de Mendoza, la DGE y las plataformas de cada institución escolar.
  4. Continuidad en aulas virtuales: Inmediatamente dictada la medida, la actividad docente y estudiantil continuará mediante los entornos digitales dispuestos.

Cómo funcionará la escuela desde casa

El plan dispone que cada comunidad educativa elabore, apruebe mediante su Supervisión y comunique a las familias su propio Plan de Contingencia Institucional.

Entre las pautas pedagógicas aprobadas en el Anexo I, la resolución detalla:

  • Asistencia virtual: Como el servicio educativo no se suspende sino que cambia de formato, la resolución en tiempo y forma de las tareas (el mismo día o dentro de las 48 horas si existen problemas de conectividad) equivaldrá al “Presente (virtual)” en el registro escolar.
  • Respeto de horarios y módulos: Se deberán sostener las cargas horarias y materias del esquema habitual presencial.
  • Criterios según la duración:
    • Por un día: Se realizarán actividades breves de lectura, repaso, autoevaluación y fortalecimiento de alfabetización y habilidades matemáticas.
    • Por dos o más días: Se avanzará en propuestas integradas con guías, trabajos prácticos y videos en plataformas institucionales.
    • En ambos casos, se priorizará consolidar saberes y profundizar contenidos trabajados previamente, evitando incorporar temas nuevos sin la guía directa presencial.

Inclusión digital y rol de la tecnología (EDUTEC)

La resolución fundamenta la viabilidad de la medida en el recorrido que la Provincia ha realizado mediante el programa EDUTEC (Educación Digital Universal con Tecnologías Conectadas) y la infraestructura del sistema GEI (Gestión Educativa Integral).

A través de plataformas como Aulas Edutec, Cumbre, Mendoza Aumentada, Matific y Eduten, escuelas y supervisores mantendrán la trazabilidad pedagógica. Cada establecimiento contará con la figura de un Gestor Escuela y un Referente TIC para dar soporte técnico y mantener la matriculación al día.

Además, el plan abarca la reorganización de los servicios alimentarios (comedores y meriendas escolares) y asigna tareas específicas a todos los roles institucionales —desde el equipo directivo y docentes hasta celadores, quienes garantizarán la guardia y revisión edilicia en los edificios.

Un derecho garantizado

En el marco conceptual de la norma (Anexo III: “El tránsito hacia la virtualidad como garantía de derechos”), la DGE resalta que esta medida concibe la educación digital no como una respuesta improvisada frente a la emergencia, sino como una política institucional sólida que resguarda la integridad física de alumnos y docentes sin relegar el derecho constitucional de aprender.

Resolución 6231 y Anexo


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