La Dirección General de Escuelas dispuso, mediante las Resoluciones N° 1749 y N° 1751 de 2026, una profunda reestructuración de los Centros de Educación Básica de Jóvenes y Adultos (CEBJA). Esta medida busca optimizar recursos y fortalecer los equipos directivos ante el desgranamiento de la matrícula.
El sistema de educación permanente de jóvenes y adultos en Mendoza atraviesa un proceso de modernización administrativa iniciado en 2024. La normativa vigente se fundamenta en la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y la Ley de Educación Pública Provincial N° 6.970, que obligan al Estado a proveer servicios educativos en función de las necesidades reales de la comunidad.
La actual reforma surge tras la detección de un “notable desgranamiento” escolar en diversos centros, lo que impide que los estudiantes completen sus trayectorias y logren el egreso efectivo. Las nuevas pedagogías implementadas se alejan del trabajo individualizado para enfocarse en “comunidades de aprendizaje” y construcción colectiva, lo que justifica la concentración de recursos en sedes más robustas.
La medida afecta a instituciones ubicadas en los departamentos de San Rafael, Godoy Cruz, San Martín, Tunuyán, San Carlos, Lavalle y Las Heras. La aplicación efectiva de estos cambios está programada para el 1 de junio de 2026.
Conversión a aulas anexas
Los centros que son absorbidos no desaparecen físicamente en su totalidad, sino que pasan a seraulas anexas de una institución sede. Esto implica que:
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Se mantienen los cursos, divisiones y agentes (docentes y administrativos) en su situación de revista actual.
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Se conserva el porcentaje de zona correspondiente al domicilio original.
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Se garantiza la continuidad de la trayectoria pedagógica de todos los alumnos inscritos.
Jerarquización del personal directivo
Uno de los ejes centrales es el fortalecimiento del rol directivo. Para ello, se crean nuevos cargos de Director Libre, Vicedirector y Maestro Secretario.
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En centros específicos, los directores maestros de las instituciones absorbidas se verán afectados por el Artículo 23 de la Ley N° 4934, debiendo reubicarse o ajustarse a la nueva estructura funcional.
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Se busca generar una “sinergia” entre equipos directivos y docentes para mejorar la gestión institucional.
Para el personal docente, el mayor cambio reside en la estructura de mando. La creación de cargos como el de Vicedirector en el CEBJA N° 3-097 (San Rafael) o el de Maestro Secretario en el CEBJA N° 3-110 (Godoy Cruz) apunta a profesionalizar la administración de las aulas anexas que ahora dependen de una sede central.
La normativa hace hincapié en la “actividad discrecional” de la administración para adaptarse a las exigencias sociales cambiantes. Sin embargo, la resolución es clara en que los derechos adquiridos de los agentes, como su cargo y antigüedad, deben ser resguardados durante la transición, a excepción de los cargos directivos que específicamente se transforman de “Director Maestro” a “Director Libre” según el escalafón del nivel primario.
Resolución 1749
Resolución 1751
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