El Encuentro #88 se vió interrumpido por un corte de internet. Pero nada nos detiene para seguir informando y sacando dudas a la Comunidad. Gabriela nos dejó cuatro videos separados por temática que les compartimos a continuación:
Cláusula de garantía y jubilación docente: lo que tenés que saber sobre la Resolución 1661
Esta resolución viene a ordenar aspectos críticos de la gestión administrativa. La clave aquí es tu bono de sueldo:
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Fijate bien: Buscá el ítem “Cláusula de Garantía”. Es fundamental que diga “REMUNERATIVO”.
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¿Por qué es importante? Solo si figura como remunerativo se incluirá en el cálculo de tu jubilación. Si no aparece así, es un problema que debemos resolver ahora para evitar inconvenientes al momento de retirarte.
3. Trámites Jubilatorios y Aportes
Si ya tenés la edad pero te faltan años de aporte (menos de 20 años), no pierdas tiempo en oficinas que no corresponden.
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Referente oficial: La persona encargada de contestar dudas y guiar el procedimiento administrativo es Andrea Curia.
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Mail de contacto:
acuria@mendoza.gov.ar(escribile para sacarte cualquier duda sobre aportes, moratorias o años por hijo).
4. Anexos de la resolución y descarga
La Resolución 1661 tiene dos partes fundamentales que tenés que conocer:
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Anexo 1: Detalla todas las generalidades del procedimiento.
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Anexo 2: Contiene una Declaración Jurada obligatoria. En ella deberás declarar tu mail oficial, que será la única vía por la cual te notificarán (nada de WhatsApp ni teléfono).
Guía paso a paso: suplencias en CCT (Resolución 1768)
La gran novedad es que todas las convocatorias ahora son virtuales a través del sistema GEI. Esto agiliza el proceso, pero nos obliga a ser mucho más meticulosos con la documentación que subimos.
1. El proceso de inscripción
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Convocatoria: Se publica por GEI.
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Plazo: Una vez publicada, los postulantes tienen 5 días para inscribirse y cargar toda la documentación.
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Tabulación: Pasados esos 5 días, se realiza la evaluación de los antecedentes cargados.
2. Documentación obligatoria (¡Checklist!)
Recuerden que al ser digital, lo que suben es una copia. Si en alguna instancia les piden papel, siempre debe ser copia fiel certificada. Asegúrense de tener vigente:
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DNI y CUIL.
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Declaración Jurada (DDJJ): Se baja del GIE. ¡Atención! Controlen que su domicilio y mail en el sistema sean los correctos. Debe tener una vigencia de 7 días corridos.
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Psicofísico: Vigente, válido y apto para la modalidad.
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Antecedentes Penales: Vigencia de 90 días desde su emisión.
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Bono de Puntaje: Fundamental para el 1er, 2do y 3er llamado.
¿No tenés bono? Si ya te recibiste y tenés el analítico, podés participar a partir del 4to llamado armando tu Carpeta de Antecedentes.
3. Categorías y orden de mérito
El orden de prioridad se rige por la titulación (igual que en secundaria):
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Categoría A: Título Docente.
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Categoría B: Título Habilitante.
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Categoría C: Título Supletorio.
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Importante: Todos los títulos (incluido el secundario) deben estar registrados en la Oficina de Títulos.
4. Jerarquía y Antigüedad (Estatuto del Docente)
Para cargos jerárquicos en la modalidad CCT, se mantiene lo establecido por el Decreto 313:
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Directores y Vicedirectores: 9 años de antigüedad.
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Supervisores: 12 años de antigüedad.
5. ¿Cómo se desempata?
En caso de que dos postulantes tengan el mismo puntaje, el orden de prioridad es:
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Promedio General de la carrera.
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Antigüedad de egreso (fecha del título).
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Antigüedad en la docencia.
¿Qué pasa si renuncio antes de los tres meses?
1. El cálculo de los tres meses
Los tres meses se cuentan de corrido desde el momento en que firmás el acta de ofrecimiento y tomás posesión del cargo.
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Error común: Muchos creen que si te dan la continuidad al empezar un nuevo año, el contador vuelve a cero. No es así. Si ya venís trabajando en ese cargo y pasaron tres meses desde tu toma de posesión original, podés renunciar sin penalizaciones.
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Continuidad y Ciclo Lectivo: El ciclo termina el 31 de diciembre. Si te dan la continuidad, el nuevo ciclo administrativo comienza el primer día hábil de febrero (habilitación salarial). Si ya cumpliste los tres meses iniciales antes de fin de año, podés renunciar en ese periodo de cambio sin problemas.
2. ¿Cuándo se retiene la documentación?
La retención de documentación (y la aparición del código de renuncia en el sistema GIE) sucede principalmente por dos motivos:
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Renuncia prematura: Si renunciás antes de haber cumplido los tres meses efectivos de trabajo desde la toma de posesión.
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Incumplimiento de deberes: Si aceptás un ofrecimiento pero no te presentás dentro de las 48 horas a tomar posesión del cargo.
3. ¿Qué implica que te “retengan” la documentación?
Básicamente, el sistema te bloquea para participar en nuevos llamados por un tiempo determinado, ya que figura el antecedente de la renuncia en tu legajo digital. Por eso, es fundamental conocer estos plazos para cuidar tu trayectoria y tu puntaje.
💡 Consejo de Comunidad QDC
Antes de presentar una renuncia, siempre verificá tu fecha de alta en el bono o en el acta de posesión. Si estás muy cerca de cumplir los tres meses, quizás te convenga esperar unos días para evitar trámites administrativos engorrosos y la retención de tus antecedentes.
¿Querés cambiar de Modalidad? Lo que tenés que saber antes de gestionar tu expediente
El cambio de modalidad no es automático: requiere el armado de un expediente electrónico y el cumplimiento de pasos administrativos rigurosos.
1. ¿Qué se puede (y qué no se puede) cambiar?
Es fundamental no confundir nivel con modalidad. La normativa es clara:
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SÍ se puede: Cambiar entre modalidades del mismo nivel. Por ejemplo: de Primaria a Adultos (CEBJA), de Adultos a Primaria, o un cambio de especialidad (si sos maestra y ahora tenés título de Profesora de Música, dentro del mismo nivel).
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NO se puede: Cambiar de Nivel. No podés pasar de Primaria a Secundaria, ni de Inicial a Primaria. La ley no contempla el “cambio de nivel” bajo esta figura administrativa.
2. Requisitos y documentación
Para que el expediente no sea rechazado, la documentación debe estar impecable en formato PDF:
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DNI.
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Títulos: Es el requisito más importante. ¡Atención! Tanto el título secundario como el de base (Profesorado o Licenciatura) deben estar registrados en la oficina de títulos.
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Mail a la Junta: El trámite se inicia enviando un correo a la Junta calificadora que corresponda a tu nivel/modalidad actual.
3. ¿Cuándo se hace efectivo?
Aunque el trámite se inicia ahora, el resultado no es inmediato. Los cambios de modalidad salen publicados junto con las resoluciones de Traslados Definitivos, generalmente entre septiembre y octubre. En ese momento, quienes pidieron cambio de modalidad entran en el orden de mérito junto a los traslados.
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