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TEMARIO DESARROLLADO:
- Ley 5811 – IMPUNTUALIDAD: Cap. VIII – Art. 65°.
- Descuentos por inasistencias, proporcionales
- Cambios de modalidad
- Artículos que se cubren con docentes suplentes y tienen los mismos derechos que los titulares para las licencias: 52°, 53°, 61°, 62°, 48° y cargos vacantes.
- Aclaraciones de todos los incisos del Art. 50° – Ley 5811
- Suplencias de Supervisión
- Memorándum 14 – de Enero del 2026 que detalla quien debe suplir a un directivo en su ausencia.
- Prioridades para el cuidado de un grado sin su docente.
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