La Legislatura provincial puso fin a un vacío normativo histórico. Con la sanción definitiva de esta ley, los establecimientos de gestión privada, social o cooperativa que reciben a niños desde los 45 días hasta los 3 años entrarán bajo la lupa directa de la Dirección General de Escuelas.
¿Qué cambia a partir de ahora?
Lo más relevante para nuestro sector es la creación del Registro Único de Jardines Maternales. Ya no será un trámite opcional: inscribirse es condición obligatoria para abrir las puertas. Además, la transparencia será clave, ya que el listado será público y cada jardín deberá exhibir su número de registro en el frente del edificio.
El punto de inflexión: El personal a cargo
Uno de los cambios más discutidos y finalmente aprobados tiene que ver con quiénes estarán al frente de las salas. La normativa amplía el abanico profesional para garantizar estándares de calidad:
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Docentes de Nivel Inicial.
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Licenciados y psicopedagogos.
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Estudiantes avanzados de carreras afines.
Roles divididos
La ley deja claras las jurisdicciones para evitar “zonas grises”:
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DGE: Tendrá el control pedagógico y técnico (lo que pasa dentro del aula).
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Municipios/Provincia: Se encargarán de la habilitación administrativa y comercial (infraestructura y papeles).
El dato: La ley llega tras un intenso debate donde el oficialismo y parte de la oposición lograron los 24 votos necesarios, mientras que el PJ mantuvo su postura en contra y hubo una abstención.
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