La Dirección de Educación Superior (DES) ha emitido la Resolución N° 332, un llamado a concurso de traslados y permutas para docentes titulares en Institutos de Educación Superior de gestión estatal. Esta medida, publicada hoy en el Boletín Oficial, busca regularizar la situación de los docentes y garantizar el derecho a la estabilidad laboral, el ascenso y el traslado establecido en el Estatuto del Docente (Ley 4934).
¿Quiénes pueden participar y cuáles son los requisitos?
El concurso está dirigido a docentes titulares que se encuentren en situación de activo. Para participar, es necesario haber tomado posesión del cargo hasta el 2 de mayo de 2024 y estar encuadrado en alguna de las cuatro causales establecidas por la normativa.
Un punto clave es que los docentes que ya se encuentren en un traslado transitorio por excepcionalidad deben solicitar el traslado definitivo si las causales persisten, ya que su aprobación es obligatoria. No podrán participar del concurso quienes estén bajo sumario o investigación, o aquellos en cambio de funciones.
Causales y sistema de puntaje
Los docentes pueden solicitar el traslado por una o varias de las siguientes causales, cada una con un puntaje asignado:
- Salud del agente, hijo, cónyuge o padres ancianos: Se asigna un puntaje que varía entre 1.50 y 5.00 puntos, dependiendo de la gravedad de la enfermedad.
- Necesidades del grupo familiar: Se otorga 1.00 punto por motivos como no poder pernoctar en el domicilio por distancia al trabajo, estudios de hijos en otra localidad, o cuidado de hijos menores.
- Ubicación de la institución: Se puntúa con 1.00 punto la distancia del domicilio a la institución.
- Concentración de tareas: También se otorga 1.00 punto por la concentración de horas y cargo en una misma institución.
- Otras razones fundamentadas: Se evalúan con 0.50 puntos.
Además de los puntos por las causales, se agrega puntaje por antigüedad (en la institución y en el cargo) y por desempeño en zonas desfavorables. En caso de empate, se priorizará la antigüedad en el nivel y la antigüedad total en el sistema educativo. Se advierte que la presentación de datos falsos anulará la solicitud y podría derivar en una sanción.
Fechas clave del proceso
El cronograma es estricto y los docentes deben estar atentos a las siguientes fechas:
- Completar formulario en línea: Del 22 de septiembre al 16 de octubre de 2025.
- Inscripción en la institución de origen: Del 30 de septiembre al 17 de octubre de 2025.
- Presentación de documentación a la DES: Del 20 al 23 de octubre de 2025, a cargo de los rectores de cada instituto.
- Publicación de vacantes y órdenes de mérito (provisorio y definitivo): A partir del 10 de noviembre de 2025.
- Ofrecimientos: Del 9 al 17 de diciembre de 2025.
- Toma de posesión: El 16 de marzo de 2026.
Las vacantes que se ofrecerán corresponden al 30% del total informado por cada institución al 30 de septiembre de 2025.
¿Y las permutas?
La resolución también reafirma la posibilidad de solicitar permutas entre docentes titulares activos que deseen cambiar de destino. Las permutas pueden solicitarse en cualquier momento del año, excepto en los dos últimos meses del calendario. El trámite es conjunto y se inicia con la presentación de una solicitud firmada por ambos docentes en cualquiera de las instituciones involucradas.
No se aceptarán solicitudes de permuta si el docente está a tres años o menos de jubilarse, si se encuentra bajo sumario o si su cargo es de gestión de gobierno o académica. Una vez que un docente obtiene una permuta, debe permanecer al menos dos años en su nuevo destino antes de poder solicitar otro traslado o permuta.
La información completa y los formularios necesarios estarán disponibles en la página web de la Dirección de Educación Superior.
RESOLUCIÓN 332 – DESCARGAR
RESOL 332 ED SUPERIOR TRASLADOS HORASANEXO – DESCARGAR
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