lunes, julio 6, 2026

Actas Paritarias para el sector Educación

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El 1 de julio de 2026 se llevó a cabo una de las instancias institucionales más significativas para el sistema educativo de la provincia de Mendoza: la firma de las Actas de Acuerdo Paritario entre el Gobierno Provincial y el Sindicato Unido de los Trabajadores de la Educación (SUTE). El encuentro tuvo lugar en la sede de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo bajo la coordinación del Dr. Ignacio Palero.

Las negociaciones contaron con la participación en pleno de las representaciones políticas y gremiales. Por la entidad sindical comparecieron Gustavo Correa, César Maturano, Mónica Morales, Romina Pesci, Ricardo Morales y Alejandra Lorenzi, asistidos legalmente por el Abog. Mauricio Guzmán. En representación del Poder Ejecutivo asistieron la Lic. Mariana Lima (Ministerio de Hacienda y Finanzas), la Abog. Daniela Montani (Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial) y, por la Dirección General de Escuelas (DGE), la Lic. Daniela García y el Abog. Alejandro Scongenza.

El resultado de estas audiencias quedó plasmado en un compendio técnico y político estructurado en tres grandes ejes: un Acta Acuerdo Salarial (subdividida para el sector docente y celadores) , un Acta Técnica de Condiciones Laborales y un Acta de Manifestaciones y Réplicas de las Partes, donde se ventilaron fuertes cruces políticos y denuncias formales. A continuación, se ofrece un análisis pormenorizado de cada uno de estos documentos.

1. El acuerdo salarial: esquema de incrementos y garantías

La paritaria salarial definió el curso financiero para el segundo semestre de 2026. El criterio medular de la propuesta del Ejecutivo consistió en incrementos porcentuales fijos, de carácter no acumulativo, tomando como base de cálculo los salarios vigentes al mes de junio de 2026.

A. Sector cocente

El esquema de incremento para el básico y estado docente se fijó en dos tramos:

  • Agosto 2026: 7,00%
  • Noviembre 2026: 4,00%

A la par de este aumento, se modificó el Salario Mínimo Neto Provincial Docente Garantizado , escalonado según la antigüedad del agente:

AntigüedadSueldo Mínimo Neto (Agosto 2026)Sueldo Mínimo Neto (Noviembre 2026)
Hasta 11 años$835.082 $866.300
De 12 a 16 años$841.482 $872.500
De 17 a 23 años$847.782 $878.600
De 24 a 29 años$853.982 $884.600
Más de 30 años$878.982 $909.000

Un dato clave de la ingeniería de este sueldo garantizado es que a estos montos netos se les deben adicionar los incentivos bajo los ítems 1071, 1348, 1541, 1578 y 1595, según correspondan a las particularidades del docente , bajo las condiciones de aplicación fijadas originalmente en el acta acuerdo del 18 de octubre de 2024. Asimismo, con fines informativos, el acta constata que el salario promedio de bolsillo docente en Mendoza proyectado a agosto de 2026 asciende a $1.443.000.

B. Sector celadores (dependientes de la DGE)

Para los no docentes, el incremento porcentual replica los mismos tramos y bases del sector docente (7% en agosto y 4% en noviembre de 2026, no acumulativos sobre la base de junio). Sin embargo, la diferencia sustancial radica en los conceptos sobre los que se aplica. El porcentaje impacta directamente en el Básico (ítem 1003), en el Convenio Celadores Paritaria 2013 (ítem 1423) y en el Adicional Convenio Celadores Paritaria 2008 (ítem 3097).

C. Sumas extraordinarias (“ayuda útiles” e “indumentaria”)

Ambos sectores recibirán compensaciones extraordinarias por única vez (en carácter neto y sin impacto en el cálculo de asignaciones familiares) , liquidadas de forma escalonada en tres fechas idénticas:

  1. Docentes (“Ayuda Útiles”): un total de $330.000 ($150.000 el 17 de julio; $100.000 el 11 de septiembre; y el remanente de $80.000 con los haberes de octubre) .
  2. Celadores (“Indumentaria/Vestimenta”): un total de $300.000 ($140.000 el 17 de julio; $90.000 el 11 de septiembre; y el remanente de $70.000 con los haberes de octubre) .

D. Cláusula de salvaguarda macroeconómica

Un punto de resguardo institucional relevante quedó plasmado en el compromiso del Poder Ejecutivo de convocar de forma urgente a la entidad gremial en caso de que las variables macroeconómicas del país se desvíen significativamente de las previsiones consideradas al momento de formular la oferta salarial.

2. El Acta Técnica: movimientos, títulos y salud laboral

Paralelamente al debate netamente monetario, las comisiones técnicas lograron estructurar un marco operativo para resolver problemáticas históricas del escalafón y la carrera administrativa escolar.

A. Cambios de funciones y perfiles en niveles educativos

Uno de los logros más densos del acuerdo técnico es la regularización de los docentes en Cambio de Funciones.

  • Traslado y Concentración en Nivel Secundario: Se aprobó la realización de movimientos específicos de traslado y concentración para este sector. Estos se ejecutarán inmediatamente después de concluidos los movimientos ordinarios de los docentes frente a alumnos.
  • Capacitación y Elección de Perfiles (Administrativos y Pedagógicos): Para regularizar el estatus laboral en los niveles Inicial, Especial, Jóvenes y Adultos, Primario y Secundario, se fijó una ambiciosa hoja de ruta cronológica para la capacitación de los perfiles Técnico-Administrativo (vía Gobierno Escolar o SUTE) y Pedagógico. La selección de perfiles por parte de las escuelas se dará en el bimestre agosto/septiembre , culminando con los concursos de elección de perfiles entre septiembre y octubre de 2026.

B. Bono de puntaje 2025

Se destrabó la situación de aquellos docentes que no habían podido certificar sus títulos en tiempo y forma por desajustes en las fechas de las resoluciones de emisión. El acuerdo habilita la incorporación de los títulos docentes emitidos hasta el 12 de abril de 2026 para quienes ya hubiesen tramitado el Bono 2025, permitiéndoles modificar su categoría de título de cara a los movimientos de Acrecentamiento e Ingreso.

C. Traslados de celadores

Se pautó el inicio definitivo del cronograma de traslados para el personal de celadores durante el mes de agosto de 2026. Las partes fijaron una cláusula de celeridad mandatoria: todo el procedimiento, incluida la adjudicación final de las plazas, deberá resolverse en un plazo máximo e improrrogable de tres meses a partir de su inicio.

D. Salud docente y protocolo de protección escolar

El acta técnica dio un paso adelante en materia asistencial y de seguridad interna:

  • Licencias por Enfermedades Quirúrgicas: Tomando como base actas previas de febrero de 2026, se estableció un plazo de 60 días para emitir recomendaciones técnicas orientadas a proteger la salud del personal sin resentir el servicio público educativo.
  • Protocolo de Actuación para la Protección del Docente: En reconocimiento de la vulnerabilidad, conflictividad social y situaciones de violencia que sufren los docentes en entornos institucionales heterogéneos , se resolvió crear una Mesa de Trabajo Conjunta. Dicha mesa deberá emitir un diagnóstico preliminar y un borrador del protocolo integral en un plazo de 120 días corridos. El SUTE planteó ejes tajantes para este protocolo: la denuncia en 72 horas ante personal idóneo , traslados preventivos automáticos para personal suplente en igualdad de condiciones que los titulares , equipos interdisciplinarios para la reinserción posconflicto , tipificación objetiva de las denuncias según su gravedad y la inmediata “limpieza administrativa” del legajo del docente (en un lapso de 10 a 15 días) si la denuncia en su contra es desestimada, resguardando su presunción de inocencia.

3. Disidencias y conflictos: denuncia de “mala fe negocial”

La última sección de las actas revela la profunda distancia política y jurídica existente entre el gremio conducido por el SUTE y la administración del Estado provincial.

A. Reclamos del gremio

El sindicato asentó formalmente una extensa lista de deudas pendientes:

  1. Celadores: Exigen reglamentar el contraturno (reducción horaria sin quita salarial) , corregir las disparidades con el personal administrativo común a través de concursos cerrados , ejecutar las titularizaciones paritarias atrasadas , ampliar cupos de capacitación y efectivizar de una vez el ítem Tareas Diferenciales.
  2. Docentes: Exigen la inclusión total de horas cátedra efectivas en las titularizaciones de la Dirección de Educación de Jóvenes y Adultos (DAE) ; llamados inmediatos en materias especiales de primaria, hospitalarias y artísticas ; y el “bloqueo” de cargos/horas para suplentes próximos a jubilarse o bajo tratamientos oncológicos severos.
  3. Generales: Reclamaron por la deuda salarial del año 2020 (en vías judiciales) , la equiparación de asignaciones familiares con la Nación y la exclusión del ítem Ubicación Geográfica del cálculo del haber mínimo docente garantizado. Adicionalmente, hicieron reserva de acudir a la Justicia Federal y cortes internacionales para declarar la inconstitucionalidad del Decreto Provincial N° 609/24 (y su modificatorio 535/25), acusándolo de alterar de forma unilateral los derechos de la Tercera Convención Colectiva de Trabajo.

B. La denuncia de mala fe

El punto de mayor tensión se produjo cuando el SUTE denunció formalmente al Estado empleador por “mala fe negocial”. El fundamento radica en que el Gobierno de Mendoza emitió de forma unilateral una batería de resoluciones de fondo que modifican de manera directa las condiciones laborales e institucionales sin haber pasado previamente por debate paritario obligatario. El gremio citó explícitamente:

  • La Resolución 1622/26 (Modelo de reconversión institucional).
  • La Resolución 329 (Plan de Estudios de la Tecnicatura Superior en Agronomía).
  • Las Resoluciones 21 y 25 (Regulación de concursos públicos de horas cátedra y designación de jurados).
  • La Resolución 641 (Modificación del Plan de Estudios de la Tecnicatura Superior en Administración de Empresas).

Para sustentar la denuncia, el gremio invocó el artículo 53 inc. f de la Ley Nacional N° 23.551 de Asociaciones Sindicales, el artículo 4 del Decreto Provincial N° 955/04, e intimó al Ejecutivo al cese inmediato de estas normativas unilaterales.

C. Descargo del Ejecutivo Provincial

Tanto la representación de la DGE como los paritarios del Ejecutivo tomaron nota de las peticiones pero plantearon un rechazo drástico a los términos y acusaciones del gremio:

  1. Excedencia de Objeto: La DGE argumentó formalmente que la gran mayoría de los reclamos de carácter normativo, administrativo o técnico planteados por el SUTE excedían por completo el marco y objeto específico de la audiencia, la cual estaba convocada de manera exclusiva para resolver pautas salariales.
  2. Rechazo de la Mala Fe: El Ejecutivo rechazó de plano la acusación de mala fe negocial, argumentando que el Estado asistió puntualmente a cada audiencia oficial, escuchó las demandas de los trabajadores y mantiene canales institucionales abiertos permanentemente.
  3. Defensa Jurídica de los Actos Administrativos: Respecto de las resoluciones unilaterales atacadas por el SUTE, el Ejecutivo alegó que las mismas fueron dictadas en estricto ejercicio de las competencias constitucionales y legales de las autoridades educativas, por lo que gozan de plena presunción de legitimidad y de ningún modo configuran una conducta obstructiva en el marco de la negociación colectiva.

ACTAS PARITARIAS


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