Con el objetivo de fortalecer el acompañamiento a las trayectorias educativas en contextos diversos, la Dirección General de Escuelas a través de la Dirección de Jóvenes y Adultos aprobó la Resolución Nº 175, que establece un nuevo Marco General para los roles y funciones de los Equipos de Orientación en la modalidad. Esta medida responde a la necesidad de consolidar espacios educativos inclusivos, contextualizados y articulados con la comunidad.
La normativa parte de un diagnóstico claro: educar en la modalidad EPJA requiere de un enfoque interdisciplinario que contemple no solo lo pedagógico, sino también lo social, psicológico y comunitario. En este sentido, los Equipos de Orientación, tanto Seccionales como Institucionales, son pensados como actores clave para garantizar el derecho a una educación permanente, inclusiva y de calidad.
La resolución se apoya en leyes nacionales y resoluciones federales (LEN 26.206, Ley 26.892, Res. CFE 239/14, entre otras), y articula su marco teórico con una práctica territorial: las trayectorias educativas de jóvenes y adultos se sostienen desde una mirada de red, corresponsabilidad institucional y trabajo situado.
Según el artículo 2 de la resolución, los equipos pueden estar conformados por los siguientes perfiles profesionales:
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Asesor/a Pedagógico/a
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Orientador/a Psicológico/a
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Orientador/a Social
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Orientador/a Psicopedagógico/a
Cada uno con funciones específicas, pero con una impronta común: el trabajo colaborativo, la prevención, la intervención ante situaciones complejas y la promoción de entornos educativos saludables.
La resolución organiza las funciones y responsabilidades a través de cinco anexos:
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Anexo I: Marco general para todos los equipos.
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Anexo II: Roles y funciones generales y específicas de los Equipos Seccionales, que recorren las instituciones brindando apoyo territorial.
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Anexo III: Detalla el trabajo itinerante, subrayando la importancia de conocer la “trama” de cada centro educativo.
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Anexo IV: Define los roles de los Equipos Institucionales, enfocados en el trabajo cotidiano dentro de cada CEBJA o CENS.
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Anexo V: Aborda específicamente la tarea de orientación en contextos de privación de libertad, un ámbito particularmente desafiante para garantizar derechos.
Lo distintivo de este marco es que trasciende lo pedagógico: promueve vínculos con áreas como salud, desarrollo social, justicia, niñez y género. Apuesta por una escuela abierta a su entorno, que sea espacio de contención, escucha y transformación.
También enfatiza la importancia de diseñar estrategias preventivas frente a problemáticas como la violencia, el abandono escolar o el consumo problemático, a través del diseño de proyectos institucionales, jornadas, talleres y dispositivos de acompañamiento.
La norma aclara que no genera automáticamente nuevas horas ni compromisos presupuestarios, aunque habilita a las supervisiones a solicitar reasignaciones según necesidades emergentes. En definitiva, es un llamado a optimizar recursos existentes con una lógica de red y corresponsabilidad.
Resolución 175 DEPJA – DESCARGAR
ANEXOS – DESCARGAR
anexos-i-ii-iii-iv-y-v-roles-y-funciones-equipos-de-orientacion-de-epja
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